Acuerda IFAI primera sanción a una entidad particular
Por SAMUEL BONILLA N. Noviembre 24, 2012 El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) determinó la primera sanción a una entidad particular por incumplir con disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
La comisionada del IFAI, María Elena Pérez-Jaén Zermeño, expuso ayer, en el marco del último día de actividades del 5º Seminario Internacional de la Transparencia a los Archivos, organizado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que el Instituto resolvió sancionar a una cadena de farmacias que requería a quienes deseaban adquirir cierto tipo de medicamentos aportar datos personales.
De acuerdo a lo expresado por la comisionada, ante una queja motivada por tal requerimiento el IFAI inició la investigación del caso desde el aviso de privacidad de la cadena de farmacias, al final de la cual encontró elementos suficientes para determinar la aplicación de dos sanciones económicas, una por un millón 533 mil pesos y otra por poco más de medio millón de pesos.
Pérez-Jaén ilustró con este caso la diferencia en las consecuencias de quienes violan la confidencialidad de datos personales en el sector público federal y en el sector privado. En el primero, ejemplificó, se ha comprobado la violación a la protección de datos personales por servidores públicos de la Secretaría de la Función Pública que no han recibido sanción alguna, porque el IFAI carece de facultades para hacerlo, no así respecto a particulares.
Explicó que la protección de datos personales está regulada por una ley para los particulares y por unos pocos artículos en el caso de los servidores públicos federales. Por ello propuso la homologación de la normatividad en ambos sectores y en los tres niveles de gobierno.
Ilustró la comisionada del IFAI las situaciones que pueden generar las normatividades diferentes en materia de protección de datos personales: Un médico que por las mañanas presté sus servicios profesionales en una institución pública federal de salud, y por las tardes atienda su consultorio particular, deberá atender marcos normativos distintos para proteger el mismo tipo de información de sus pacientes.
Hasta el momento el IFAI no ha emitido comunicado alguno que aporte información de las circunstancias de la primera sanción que determinó con fundamento en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
La citada ley fue publicada el cinco de julio de 2010 en el Diario Oficial de la Federación, y establece que los titulares, personas físicas a quienes corresponden los datos personales, podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a sus propios datos, así como dar inicio, en su caso, al procedimiento de protección de derechos establecido en ella, a partir del seis de enero de 2012.
Estimaciones del propio IFAI ubican en más de tres y medio millones de entidades particulares en el país que deben cumplir con esta ley.