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Se libera CEGAIP de solicitante más aferradoPor PROYECTO TÁBANO
Abril 12, 2011 Jesús Piña Fraga solicitó información por primera vez a una dependencia estatal en el año 2002, unos meses antes de la entrada en vigor de la primera Ley de Transparencia que hubo en el Estado. Tras nueve años de ser solicitante frecuente, en los que fundó la Unión de Usuarios de Leyes de Transparencia y logró captar la atención del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la educación a la situación de las cuotas de padres de familia en las escuelas del país, Piña Fraga ha encontrado un muro que le impide ejercer su derecho de acceso a la información pública, al grado de desilusionarlo. Se trata de la actual Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) y su lentitud para resolver los casos de quejas ante la falta de respuesta de los entes obligados. En los últimos 18 meses, Piña Fraga vio acumularse en su casa una serie de expedientes de quejas presentadas ante la CEGAIP, al grado que perdió la cuenta del número de solicitudes de información sin respuesta y sin resolución por parte del órgano garante. Entre las peticiones se encuentran casos presentados ante el gobernador Fernando Toranzo Fernández, con una antigüedad mayor a seis meses. No hubo respuesta del Ejecutivo, ni resolución a la queja por parte de la CEGAIP. Era uno más de tantos casos sin solución. Poco a poco, Piña Fraga estimó que la garantía del derecho de acceso a la información pública en realidad daba pasos para atrás. Y ubica con exactitud la fecha en que comenzó la regresión: 22 de octubre de 2008, cuando la CEGAIP aprobó el acuerdo el acuerdo CEGAIP-523/2008. Mediante ese acuerdo, la CEGAIP consideró “necesario decretar la ampliación del plazo de los 30 días hábiles para resolver las quejas”. En diciembre pasado se reformó la Ley de Transparencia para dar la posibilidad de una prórroga al plazo por un periodo igual, es decir, un máximo de 60 días para la resolución de las quejas. La CEGAIP parece preferir la aplicación de su acuerdo. Piña Fraga, quien seguramente es el solicitante de información pública del estado más antiguo, finalmente fue presa de la desilusión y el pasado 31 de marzo presentó a la CEGAIP escrito mediante el que se desistió de todas las quejas por él presentadas, así como de las solicitudes de información de las que aún no obtenía respuesta. La CEGAIP, a la que no le resultan suficientes 30 días hábiles para resolver las quejas, con posibilidad de una prórroga de 30 días hábiles adicionales, en este caso sólo necesitó tres días hábiles para desahogar la petición de Piña Fraga en una sesión extraordinaria. El 5 de abril, exactamente al tercer día hábil después de la presentación del escrito de Piña Fraga, los comisionados de la CEGAIP realizaron una sesión extraordinaria en la que tomaron el acuerdo número CEGAIP-204/2011.S.E., que dice: “Se acuerda por Unanimidad que al haber manifestado Jesús Federico Piña Fraga su decisión de desistirse de todas y cada una de los recursos de Queja por él interpuestos, con fundamento en el artículo 104 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública deberán sobreseerse todos los asuntos que se encuentren en trámite hasta antes de haber emitido resolución por parte del Pleno de esta Comisión”. Pero no sólo se liberó la CEGAIP de los casos que aún se encontraban en proceso de resolución (que son los más), sino que en todos aquellos en los que ya se había pronunciado y los entes obligados debían dar atención a su resolución los ha declarado concluidos: “Respecto de los asuntos que se encuentren en etapa de ejecución de sentencia deberán tenerse por concluidos, ya que en apego al artículo 32 del Código de Procedimientos Civiles del Estado aplicado supletoriamente a la Ley de la materia según su artículo 4°, nadie está obligado a intentar o proseguir una acción en contra de su voluntad”, acuerda comprensiva la CEGAIP. Mediante su acuerdo la CEGAIP libera a su Unidad de información de la atención a las solicitudes de información pendientes de respuesta, pero no al resto de los entes obligados a los que Piña Fraga hubiese presentado solicitudes de información recientemente: “En lo tocante al desistimiento de todas las solicitudes de información pública presentadas en diversas dependencias gubernamentales, dígasele que deberá manifestar a cada una de las dependencias a que se refiera, su decisión de desistirse del trámite de las solicitudes de información pública”, señala el acuerdo. Alfonso Serment Gómez, presidente de la CEGAIP, dictó el auto de notificación de acuerdo al día siguiente de la sesión extraordinaria (6 de abril) y para el 8 de abril Piña Fraga fue notificado del sobreseimiento de 29 de sus quejas. No son todas las quejas que tenía pendientes de resolución, pero sí se trata de 29 casos que le habían correspondido a Serment Gómez como ponente, es decir, el presidente de la CEGAIP pidió mano para ser el primero en liberarse del trabajo que les representaban los expedientes tramitador por Piña Fraga. SUS COMENTARIOS NOMBRE rafael zarate CORREO ELECTRÓNICO [email protected] COMENTARIOS k pena k el maestro piña fraga se retire de solicitar información; es cierto k la sege no cumple con lo estipulado en la ley de transparencia, pero la cegaip es aun mas corru... y opaca k la propia secretaria de educación; tengo varias solicitudes, pero en un 90%, he tenido k interponer queja, con eso se demuestra el dolo y mala fe, así como la afirmativa ficta; pero, k hace la cegaip, despues de un año resuelve y no en el tiempo k marca la ley en la materia, además, de k el peticionario page las copias de lo solicitado aun precio k no es el de mercado, si no, al doble; pero, como voy a pagar, si los diez dias vencieron y se aplica el principio de afirmativa ficta; este contubernio cegaip sege, es una burla a los ciudadanos, pero, en fin; yo sigo llevando solicitudes a la sege y espero esto cambie algun dia..gracias.....si pueden contestenme, los quisiera localizar.... RAFAEL URIEL ZARATE URESTI. |